A través de los años, los trabajadores han logrado diferentes conquistas sociales que los han hecho merecedores de mejores derechos laborales. Gracias a esas conquistas se pudieron crear diferentes Convenios Internacionales que llevaron después de varias luchas a la creación de nuestro Código de Trabajo. 

Muchos trabajadores en Honduras sufren o son explotados por desconocer sus derechos. Me vi en la necesidad de crear este artículo de modo que todo trabajador pueda conocer lo que por ley le corresponde.

El Trabajo es un Derecho Constitucional

Toda persona tiene derecho al trabajo, a escoger libremente su ocupación y a renunciar a ella, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. (Art.127 Constitución de la República)

La Constitución es la ley suprema que rige sobre las demás leyes, en ella se le otorga algunos derechos que son importantes a los trabajadores, los cuales se tienen que cumplir de manera obligatoria como ser:

Las Jornadas de Trabajo

  • La jornada diurna ordinaria de trabajo no excederá de 8 horas diarias, ni de 44 horas a la semana.
  • La jornada nocturna ordinaria de trabajo no excederá de 6 horas diarias, ni de 36 horas a la semana.
  • La jornada mixta ordinaria (horarios diurnos y nocturnos mezclados) de trabajo no excederá de 7 horas diarias ni de 42 a la semana.

Todas las jornadas se deberán remunerar con un salario igual al de 48 horas de trabajo y se tendrá que pagar toda hora extra laborada que vaya conforme a la ley. Ningún trabajador podrá trabajar más de 12 horas al día, salvo alguna excepción que lo disponga.

Derecho a la No Discriminación

A los trabajadores les corresponde un salario igual sin discriminación alguna, siempre que el puesto, la jornada y las condiciones de eficiencia y tiempo de servicio sean también iguales. (personas que compartan un mismo puesto de trabajo deben ganar lo mismo, no debe existir favoritismos).

Derecho a un Contrato de Trabajo

Todo trabajador tiene derecho a regirse bajo un contrato de trabajo y a dar por terminado el mismo. Tanto el patrono como el trabajador deberán someterse bajo lo estipulado, en caso de incumplimiento por parte de una o ambas partes se tendrá por finalizado el contrato.

A falta de un contrato de trabajo, se tendrá como contrato lo obligado verbalmente por ambas partes y en caso de conflicto se tendrá que comprobar el mismo mediante los servicios de Inspectores del Trabajo.

Derecho a un Salario Mínimo

El Salario Mínimo es el salario base que establece el Estado, y es lo menos que puede ganar un trabajador.

Se supone que debería ser suficiente para abastecer todas las necesidades del trabajador, pero lastimosamente en nuestro país este no se paga del todo o no alcanza para que se pueda vivir dignamente. Sin embargo, el trabajador esta en su derecho de exigir su pago en caso de ganar un salario menor al mínimo.

Este Salario esta exento de embargos y deducciones, salvo en las obligaciones familiares y sindicales.

Derecho a Derechos Adquiridos

Todo trabajador tiene derecho al pago de sus derechos durante y una vez finalizado su contrato laboral, las cuales se pagarán proporcionalmente en base a los días laborados.

Los derechos adquiridos que tiene derecho el trabajador son:

  • Derecho a Décimo tercer (Aguinaldo) y Décimo Cuarto mes de Salario.
  • Derecho al pago de Vacaciones
  • Derecho a Preaviso y Auxilio de Cesantía
  • Derecho a Bonificaciones y Licencias remuneradas
  • Descansos y días feriado remunerados
  • Pagos en caso de accidentes de trabajo

Derecho a un Ambiente Laboral Sano

En el establecimiento laboral se tiene que cumplir las disposiciones legales sobre higiene y salubridad, adoptando las medidas de seguridad adecuadas en el trabajo, que permitan prevenir los riesgos profesionales y asegurar la integridad física y mental de los trabajadores.

Los Menores tienen Derecho al Trabajo

Todo menor de edad (personas con menos de 21 años y mayores de 14 años) tienen derecho a trabajar siempre y cuando estén autorizados por sus padres, no obstaculice su educación y no cumpla una jornada mayor de 4 horas al día para menores de 17 años y de 6 horas para mayores de esa edad.

Derecho a Pre Natal y Post Natal

La mujer tiene derecho a descanso antes y después del parto, sin que pierda su trabajo ni su salario. En el período de lactancia tendrá derecho a un descanso por día para amamantar a sus hijos. El patrono no podrá dar por terminado el contrato de trabajo de la mujer ni después del parto, sin comprobar previamente una causa justa ante juez competente.

Derecho a Asociarse

Los trabajadores tienen derecho a la libre asociación y a la creación de asociaciones, sindicatos, federaciones y confederaciones con la finalidad de hacer valer sus derechos y lograr conquistas laborales dentro del establecimiento.

Otros derechos que tienen los trabajadores:

  • Derecho a Huelga conforme a lo establecido en la ley
  • Derecho al pago de indemnizaciones laborales en caso de accidentes o despido injustificado
  • Derecho a seguridad social y jubilaciones
  • Derecho al Indubio Pro Operario, que consiste en refugiarse y ampararse en la ley laboral que más le beneficie
  • Derecho a la Progresividad Laboral, el cual consiste en que no pueden darle derechos ni puestos inferiores a los conquistados.

Tramites HN es una empresa privada de servicios legales, no tenemos ninguna relación con la Secretaría del Trabajo o entidades estatales, si desea asesoría legal en material laboral puede contactarnos para contratación:

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