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¿Que es el Auxilio de Cesantía en Honduras?

El Auxilio de Cesantía es uno de los muchos beneficios que tiene el trabajador y se ampara en el artículo 120 del Código de trabajo.

Es un derecho que se adquiere cuando el trabajador es victima de despido injustificado, también cuando por causas ajenas abandona su lugar de trabajo o de manera voluntaria.

Se podría decir de manera más simple, que es una especie de «Ayuda» que se le da al trabajador que ha terminado voluntaria o involuntariamente su relación laboral con el patrono..

¿Como se paga el Auxilio de Cesantia en Honduras?

  • Después de un trabajo continuo no menor de tres (3) meses ni mayor de seis (6), con un importe igual a diez (10) días de salario.
  • Después de un trabajo continuo mayor de seis (6) meses pero menor de un (1) año, con un importe igual a veinte (20) días de salario.
  • Después de un trabajo continuo mayor de un (1) año, con un importe igual a un (1) mes de salario, por cada año de trabajo y si los servicios no alcanzan a un (1) año, en forma proporcional al plazo trabajado.

En ningún caso podrá exceder dicho auxilio del salario de veinticinco (25) meses.

No tendrá derecho a auxilio de cesantía:

  • El trabajador protegido por una jubilación, pensión de vejez o de retiro concedidas por el Estado o por el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).
  • En cualquier otro caso que existe un seguro por parte del trabajador.

Tendrá derecho al auxilio de cesantía al dejar un trabajo continuo de quince (15) años o más, si el trabajador decide voluntariamente dar por terminado un contrato de trabajo, tendrá derecho a recibir un 35% del importe que le correspondería por los años de servicio.

En caso de fallecimiento natural del trabajador después de seis (6) meses de laborar, el porcentaje se eleva a un 75% por ciento que se debe pagar a sus beneficiarios.

En caso de no saber cuanto le corresponde, puede ir a la Secretaría del Trabajo para que le hagan el calculo de las prestaciones.


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