Es difícil tener un nombre raro y complicado. Me pusieron de nombre Heinrich y en más de alguna ocasión pensé cambiármelo, ya que a muchas personas se les complica pronunciarlo por ser de origen alemán.

A lo mejor Ingresaste a este sitio buscando información en vista de que no te agrada tu nombre o quizá no deseas llevar el apellido de alguno de tus padres porque nunca se hizo responsable y deseas cambiarlo.

Si tienes la misma duda que yo tuve hace algunos años y deseas una respuesta, has llegaste al lugar indicado.

¿Se puede cambiar el Nombre?

Te tengo una buena y una mala noticia. La buena es que si se puede, pero la mala es que no por cualquier motivo.

El reglamento del Registro Nacional de las Personas dice:

Articulo 61. Salvo lo dispuesto en los artículos anteriores, ni los Registradores Civiles, Auxiliares Civiles Municipales ni los Oficiales Civiles podrán autorizar cambios de nombres, en la inscripción de nacimiento o naturalizaciones.

En nuestra legislación es prohibido el cambio de nombre ya que traería complicaciones en materia registral, además que nuestra administración pública es algo primitiva porque todas las anotaciones están hechas en libros.

¿Cual es la excepción entonces?

Articulo 59. Solamente mediante resolución del Oficial Civil y a petición de parte, podrá modificarse el cambio de letras en los nombres o apellidos, siempre que fonéticamente no impliquen cambios sustantivos o evidentemente hayan sido generados por errores del Registrador o en los casos de nombres o apellidos en idioma extranjero de difícil pronunciación o escritura.

Las únicos motivos que la ley permite para cambiarse el nombre en Honduras son:

  • Por error del registro al momento de su inscripción
  • Cuando el nombre sea demasiado difícil de pronunciar o de escribir

Para poder cambiarse el nombre se ocupa:

  • Hacer una Solicitud de cambio de Nombre dirigida al Señor Registrador que exponga alguno de los motivos mencionados anteriormente.
  • Presentar certificación de acta de nacimiento original.
  • Mencionar el nuevo nombre a solicitar, pero deberá sonar similar al anterior y solo podrán cambiarse a razón de letras. Ejemplo, si se llama “Boberto” podrá optar a llamarse “Roberto”.
  • Deberá pagar una cantidad de dinero por letra cambiada (1000Lps por letra).
  • Una vez que le den la resolución administrativa deberá presentar los cambios para anotaciones en el Registro.

El RNP tiene un listado de nombre prohibidos que no pueden ser inscritos, así que si tienes un nombre raro es porque fue legal su inscripción.

¿Se puede cambiar el Apellido?

Al igual que el nombre, el apellido no se puede modificar, salvo algunas excepciones como ser:

  • Bajo las mismas reglas para cambio de Nombre anteriormente expuestas.
  • Mediante sentencia judicial en los casos de impugnación de paternidad (durante el primer año de nacimiento del menor).
  • Mediante sentencia judicial en los casos de filiación de paternidad (durante los 2 primeros años de nacimiento del menor)

En ambos casos se ocuparán los servicios de un Abogado.

Espero haber despejado tus dudas ¡Estamos para servirte!


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